La Suprema Corte de Justicia de la Nación derivado de la promoción de incumplimiento presentada por la Alcaldesa Sandra Cuevas reitero la suspensión a efecto de que el cuidado, mantenimiento, preservación y demás actividades que venía realizando la Alcaldía Cuauhtémoc relacionadas con el Ángel de la Independencia continúen a su favor, con lo cual, las impugnaciones que presentaron el Gobierno de la Ciudad de México y el Gobierno Federal, quedan sin efecto de acuerdo a la Resolución Dictada por el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, en el Juicio de Controversia Constitucional número 456/2023.
Además, debido a que las autoridades demandas no han dado cumplimiento a la medida cautelar, la Corte, dentro del incidente de suspensión conminó a la autoridades vinculadas -presidente de la República y Jefe de Gobierno de la Ciudad de México- a que acaten puntualmente los alcances y efectos de la medida cautelar, bajo el apercibimiento de que en caso de incumplimiento serán sancionados en términos de las responsabilidad constitucional prevista en el último párrafo del artículo 105, en relación con la fracción XVI del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo que implica, en caso de no cumplimiento, la separación del encargo y dar vista al Ministerio Público de la Federación.
A través de un comunicado, la alcaldía Cuauhtémoc explicó que la medida suspensional concedida surtiría efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente, conforme a lo previsto en el artículo 17 de la Ley Reglamentaria.